¿Qué dice la Iglesia sobre Garabandal? La postura oficial, de 1961 a hoy
Última actualización: octubre de 2026
La Iglesia católica no ha aprobado ni condenado formalmente las apariciones de Garabandal. Desde 1961, todos los obispos de Santander han mantenido que no consta su carácter sobrenatural, la fórmula latina non constat de supernaturalitate. Al mismo tiempo, ninguno ha encontrado nada contrario a la fe en sus mensajes.
Esta posición intermedia explica por qué hay católicos que creen en Garabandal y peregrinan al pueblo, mientras otros lo consideran un caso cerrado. En este artículo repasamos, obispo por obispo, qué ha dicho la Iglesia desde 1961 y qué significa hoy, tras las nuevas normas del Vaticano de 2024.
Cómo juzga la Iglesia una aparición
La Iglesia encarga el juicio sobre una aparición al obispo del lugar, que puede crear una comisión de teólogos, médicos y otros expertos. Roma, a través del actual Dicasterio para la Doctrina de la Fe, supervisa el proceso y puede intervenir.
Revelaciones privadas
Aunque una aparición se apruebe, se considera una revelación privada. No añade nada a la fe católica, y ningún católico está obligado a creer en ella, ni siquiera en Lourdes o Fátima. Lo que la Iglesia examina es si el fenómeno y sus mensajes pueden ayudar a la fe o, por el contrario, la ponen en riesgo.
Lourdes, reconocida desde 1862, recibió en septiembre de 2026 la visita del papa León XIV: lo contamos en León XIV en Lourdes y la llamada al Rosario.
Por qué importa el obispo de Santander
Garabandal pertenece a la diócesis de Santander. Por eso, la historia oficial del caso es, sobre todo, la historia de lo que han dicho sus sucesivos obispos.
1961-1965: las primeras notas
Mientras las apariciones todavía ocurrían, los responsables de la diócesis concluyeron que no había pruebas suficientes de su carácter sobrenatural, aunque no condenaron los mensajes.
Doroteo Fernández (1961-1962)
El administrador apostólico de Santander creó una comisión para estudiar los hechos. El 2 de noviembre de 1961 publicó una declaración según la cual no constaba que las apariciones pudieran tenerse, con fundamento serio, por verdaderas y auténticas.
Los seguidores de Garabandal critican que la comisión visitó el pueblo muy pocas veces antes de pronunciarse.
Eugenio Beitia (1962-1965)
El siguiente obispo publicó dos notas en la misma línea y pidió a sacerdotes y fieles prudencia y que se abstuvieran de subir al pueblo.
La del 8 de julio de 1965, publicada pocas semanas después del segundo mensaje, incluye un matiz que los seguidores citan con frecuencia: la comisión no encontró en la doctrina ni en las recomendaciones espirituales nada que mereciera censura eclesiástica.
1967-1971: los años más duros
Entre 1967 y 1971, dos obispos de Santander fueron más allá del non constat: uno afirmó que no hubo apariciones y otro prohibió a los sacerdotes participar en los hechos.
Vicente Puchol (1965-1967)
El 17 de marzo de 1967, el obispo Puchol publicó una nota que negaba tanto las apariciones como los mensajes y afirmaba que todo lo ocurrido en el pueblo tenía una explicación natural. A diferencia de sus predecesores, se apoyó sobre todo en las dudas y negaciones que habían expresado las propias videntes.
Puchol murió en un accidente de tráfico el 8 de mayo de ese mismo año.
José María Cirarda (1968-1971)
Ante el aumento de peregrinos y los rumores de que el Papa había aprobado las apariciones, Cirarda desaprobó cualquier culto basado en ellas. En una nota de octubre de 1968 prohibió a los sacerdotes intervenir o colaborar en los hechos de Garabandal, y recordó que la diócesis nunca había dado su aprobación (imprimatur) a ninguna publicación sobre el tema.
Las cartas de Roma
La entonces Congregación para la Doctrina de la Fe escribió a los obispos de Santander en esos años. En una carta del 21 de abril de 1970, el cardenal Šeper indicó que la Santa Sede consideraba suficientes las conclusiones del obispo.
Los seguidores subrayan que Roma elogió la prudencia de los obispos sin emitir un juicio propio sobre las apariciones. Los críticos responden que, al respaldar a los obispos, Roma asumió su conclusión.
1987-2006: la reapertura
Con el obispo del Val, la diócesis reabrió el estudio y levantó la prohibición a los sacerdotes, pero el juicio final siguió siendo el mismo: no consta lo sobrenatural.
Juan Antonio del Val (1971-1991)
Del Val fue el único obispo de Santander que había visto personalmente a las videntes en éxtasis, en los años sesenta. En 1987 ordenó una nueva investigación y suspendió la prohibición que impedía a los sacerdotes subir a Garabandal. Desde entonces pueden celebrar misa en la iglesia del pueblo con permiso del párroco.
La nueva comisión trabajó entre 1986 y 1991 y, según las fuentes que la recogen, emitió un parecer neutral. Los seguidores de Garabandal citan además unas palabras atribuidas a del Val al jubilarse, según las cuales el mensaje era importante y teológicamente correcto.
José Vilaplana (1991-2006)
En una carta de 1993, muy difundida a partir de 1996, Vilaplana resumió la postura de la diócesis:
- Sus predecesores, desde 1961, no habían podido confirmar el carácter sobrenatural de los hechos.
- Durante el mandato de del Val no se habían producido fenómenos nuevos.
- En 1992, la Congregación para la Doctrina de la Fe revisó la documentación y decidió no intervenir, dejando el asunto en manos del obispo de Santander.
- La misa podía seguir celebrándose en la iglesia parroquial, siempre sin referencia a las supuestas apariciones y con permiso del párroco.
Algunas fuentes favorables a Garabandal afirman que Vilaplana pidió a Roma una declaración de no sobrenaturalidad y que el cardenal Ratzinger, futuro Benedicto XVI, prefirió mantener el non constat. No hemos encontrado un documento oficial que lo confirme.
De 2007 a hoy: las normas de 2024
En las últimas dos décadas no ha habido ningún cambio oficial. La novedad más importante llega desde Roma, con las nuevas normas sobre fenómenos sobrenaturales.
Una puerta entreabierta en 2007
En 2007, el arzobispo Carlos Osoro, entonces administrador apostólico de Santander, escribió en una carta que esperaba que el siguiente obispo promoviera nuevos estudios sobre Garabandal. Los seguidores la interpretaron como un gesto de apertura, aunque no cambió la postura oficial.
Las normas del Vaticano de 2024
El 17 de mayo de 2024, el Dicasterio para la Doctrina de la Fe publicó unas nuevas normas para discernir presuntos fenómenos sobrenaturales, que sustituyen a las de 1978. Entraron en vigor el 19 de mayo, día de Pentecostés, y establecen seis posibles conclusiones, que explicamos más abajo.
Una de las ideas clave es que ni los obispos ni el Vaticano declararán ya que un fenómeno es sobrenatural. Como mucho, pueden autorizar el culto y reconocer frutos espirituales.
Lo que dijo el cardenal Fernández
El 19 de septiembre de 2024, en la rueda de prensa sobre Medjugorje, el prefecto del Dicasterio, cardenal Víctor Manuel Fernández, se refirió a Garabandal. Explicó que sigue bajo el antiguo non constat y que, con las normas nuevas, esa situación podría corresponder a la categoría curatur.
Según la prensa católica, la diócesis de Santander no ha anunciado ningún nuevo estudio ni declaración.
Las seis categorías de 2024 y dónde encaja Garabandal
Las normas de 2024 sustituyen la vieja escala por seis conclusiones posibles, de la más favorable a la más negativa. Según el cardenal Fernández, Garabandal estaría hoy cerca de la tercera, curatur.
| Categoría | Qué significa |
|---|---|
| Nihil obstat | Se reconocen frutos espirituales y se permite el culto, sin afirmar que sea sobrenatural. Es el caso de Medjugorje desde 2024. |
| Prae oculis habeatur | Hay signos positivos, pero también elementos confusos que el obispo debe aclarar. |
| Curatur | Hay elementos críticos, pero el fenómeno está extendido y tiene frutos. No se prohíbe, pero tampoco se promueve. |
| Sub mandato | El problema no es el fenómeno, sino quienes lo usan de forma indebida. La Santa Sede asume su gestión pastoral. |
| Prohibetur et obstruatur | Hay problemas graves. Se pide a los fieles que no participen. |
| Declaratio de non supernaturalitate | Se declara que no es sobrenatural, por ejemplo cuando se demuestra un engaño. |
Qué supondría curatur para Garabandal
En la práctica, es muy parecido a la situación actual: los fieles pueden visitar el pueblo y rezar allí, y la misa se celebra en la iglesia parroquial. Pero la diócesis no organiza peregrinaciones ni presenta los mensajes como aprobados. Sería una clasificación orientativa: no hay ningún decreto oficial que la aplique a Garabandal.
Qué puede hacer hoy un católico
Con la postura actual, un católico puede creer o no en Garabandal y visitar el pueblo, siempre que no presente las apariciones como aprobadas por la Iglesia.
- Creer en Garabandal: está permitido a título personal. No es un acto de desobediencia, porque no hay una condena formal.
- No creer: también es una postura plenamente católica. Nadie está obligado a aceptar una revelación privada.
- Peregrinar al pueblo: cualquiera puede ir a rezar a los Pinos o a la Calleja. Si quieres organizar tu visita, consulta la guía del peregrino.
- Asistir a misa: los sacerdotes pueden celebrarla en la iglesia parroquial con permiso del párroco, sin hacer referencia a las apariciones.
- Lo que se pide evitar: presentar Garabandal como aprobado, organizar actos de culto público ligados a las apariciones o difundir fechas del Aviso o del Gran Milagro como si fueran seguras.
Preguntas frecuentes
¿Está aprobado Garabandal por la Iglesia?
No. La postura oficial es non constat de supernaturalitate: no consta que sea sobrenatural.
¿Está condenado Garabandal?
Tampoco. Ningún obispo ha encontrado errores doctrinales en sus mensajes, y no hay una prohibición de visitar el pueblo.
¿Qué significa non constat de supernaturalitate?
Que, con las pruebas disponibles, la Iglesia no puede afirmar que los hechos sean sobrenaturales. No equivale a decir que sean falsos.
¿Puedo ir a Garabandal si soy católico?
Sí. Puedes visitar el pueblo y rezar allí. La misa se celebra en la iglesia parroquial con permiso del párroco.
¿Ha cambiado algo con las normas de 2024?
No de forma oficial. El cardenal Fernández indicó que la situación de Garabandal podría corresponder hoy a curatur, pero no se ha publicado ningún decreto.
¿Quién puede cambiar la postura de la Iglesia?
El obispo de Santander, con la aprobación del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, que también puede intervenir por iniciativa propia.
Fuentes
- Vaticano – Normas para proceder en el discernimiento de presuntos fenómenos sobrenaturales (17 de mayo de 2024)
- La Civiltà Cattolica – Normas para el discernimiento de presuntos fenómenos sobrenaturales
- EWTN – Carta del obispo José Vilaplana sobre Garabandal
- Wikipedia – Apariciones marianas de Garabandal
- Garabandal.it – Posición de la Iglesia, fuente favorable
- ACI Prensa – Expertos en Garabandal piden un mayor cuidado pastoral
- InfoVaticana – Garabandal y la tentación del fisicismo religioso, visión crítica
Nota editorial: NOCTAVIA recoge las fuentes oficiales, favorables y críticas. Este artículo es informativo; el juicio sobre Garabandal corresponde a la Iglesia. Más contexto en la cronología completa de Garabandal.